Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación

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Criterios de concesión de las banderas azules

La Bandera Azul es un galardón internacional que concede anualmente la Fundación de Educación Ambiental (FEE). Este galardón se concede a playas y puertos deportivos como símbolo identificativo de una alta calidad ambiental y unos buenos servicios y seguridad para los usuarios.

Es una iniciativa anterior y precursora de todos los actuales galardones ambientales, ecoetiquetas y sistemas de certificación de la calidad ambiental, ya que, desde el año 1987 en que fue lanzado por la Comisión Europea, está reconociendo en playas y puertos deportivos una gestión ambientalmente correcta de los recursos y su adecuación al mayor nivel de exigencia de los usuarios.

La Campaña Bandera Azul se desarrolla anualmente en mas de 30 países de tres continentes, predominantemente europeos, de forma independiente, voluntaria y con la participación de más de 1000 municipios litorales.

La FEE es una organización sin ánimo de lucro que tiene como objetivo promover la conciencia y educación ambiental, a través de programas internacionales que fomenten la sensibilización ambiental y el desarrollo sostenible.

La Bandera Azul se encuentra ligada a la actuación coordinada de cuatro niveles: local, autonómico, estatal e internacional, que de manera conjunta promueven, desarrollan y apoyan acciones que tienen como objetivo final la gestión ambiental sostenible en el conjunto del litoral del municipio.

Así, la Bandera Azul en una playa reconoce y estimula el esfuerzo de los ayuntamientos por conseguir que las playas de su municipio cumplan determinados criterios normativos (Ley de Costas, Directiva Aguas de Baño, Directiva Aguas Residuales Urbanas, etc. ), limpieza y seguridad, contando asimismo con una información y gestión ambiental adecuadas. Siendo un galardón que debe renovarse cada año.

La Campaña Bandera Azul pretende que, en playas concurridas y organizadas, se respeten aquellas condiciones higiénicas, sanitarias y ambientales que la legislación vigente exige, y la seguridad y bienestar de sus usuarios.

La Asociación de Educación Ambiental y del Consumidor (ADEAC) es cofundadora y miembro responsable para España de la FEE y desarrolla en España la Campaña, dentro de la cual se distinguen diferentes galardones:

  • Bandera Azul para playas
  • Bandera Azul para puertos deportivos
  • Distinciones Temáticas
  • Centro Bandera Azul

Los criterios de concesión de la Bandera Azul se revisan periódicamente a nivel internacional, con la participación de todas las organizaciones integrantes de la FEE y el apoyo de expertos externos.

Las cinco áreas a valorar en cada una de las zonas de baño candidatas al galardón son:

  • Educación e información ambiental
  • Calidad costera y gestión ambiental (depuración de aguas residuales, gestión de residuos sólidos...)
  • Seguridad y equipamiento de las playas
  • Calidad del agua
  • Cumplimiento de la Ley de Costas y legislaciones específicas

Desde el año 2000, la Campaña adopta para playas unos nuevos criterios de concesión e hizo obligatorios otros que anteriormente sólo eran recomendables:

  • Planes de emergencia locales y/o regionales para hacer frente a accidentes y desastres ecológicos (en nuestra Comunidad estos planes están coordinados por Protección Civil).
  • Al menos una de las playas galardonadas con la Bandera en el municipio debe poseer rampas de acceso a la playa y sanitarios para personas con minusvalía (salvo que la topografía no lo permita).
  • Buen mantenimiento y apariencia de los edificios y servicios de la playa.
  • Cumplimiento de la Directiva Comunitaria de Aguas Residuales Urbanas.

La obtención de la Bandera Azul por parte de Puertos Deportivos y Clubs Náuticos también ha visto incrementado desde el año 2004 sus requisitos, exigiéndose además de que sus aguas estén limpias (parámetro visual, no son analizadas por la Conselleria), que realicen recogida selectiva de residuos, que posean servicios de socorrismo y primeros auxilios, sanitarios, agua potable, rampa y grúa, equipamiento contra incendios, información sobre áreas marinas protegidas próximas, actividades de educación ambiental que tengan implantado un sistema de gestión medioambiental.

Como resumen se puede decir que la concesión de la Bandera Azul para las Playas se basa en los siguientes aspectos:

  • Calidad del agua:
    Basada en los análisis oficiales de las aguas de baño, de acuerdo con la Directiva Comunitaria de aguas de baño. La calidad exigida para las aguas tiene que ser ÓPTIMA (calificación 2), según la clasificación establecida por el Ministerio de Sanidad y Consumo. Para su confirmación ADEAC se basa en el Informe de la Calidad de las Aguas de Baño en España, que todos los años realiza el Ministerio de Sanidad y Consumo, con los datos que facilitan las Comunidades Autónomas.
  • Seguridad y Accesibilidad:
    Presencia de Salvamento y Socorrismo, teléfonos de emergencia o equipamiento antiincendios.
    Accesibilidad a la playa para personas con minusvalías.
  • Servicios, instalaciones y gestión:
    Servicios higiénicos limpios y adaptados para personas con minusvalías, papeleras, limpieza regular de la arena, vigilancia, transportes públicos, cumplimiento de la normativa de protección del litoral, ausencia de vertidos al mar en la zona de la playa, cumplimiento en el municipio de la Directiva Comunitaria de Aguas Residuales, ...etc.
  • Educación e información ambiental
    Información sobre la calidad de las aguas durante la temporada de baño, normas de comportamiento en el entorno litoral, conciencia ambiental y participación en actividades sobre medio ambiente litoral, programas de educación ambiental en las escuelas locales y con los operadores turísticos, Aulas de Naturaleza, etc.
    Por consiguiente, hay que recordar que no todas las playas con calidad óptima en sus aguas de baño (calificación 2) pueden obtener este distintivo. Es necesario que, además, cumplan todos los requisitos anteriormente mencionados e incluidos en los cuestionarios de candidatura.

Para los Puertos Deportivos, los aspectos a tener en cuenta se refieren a:

  • servicios para los usuarios
  • limpieza de las instalaciones
  • programas de sensibilización ambiental
  • gestión ambiental de los puertos
 

CAMPANYA 2006

Enguany s'han concedit 3.187 banderes blaves entre els estats europeus participants, d'aquestes 2.549 corresponen a platges i 638 a ports esportius. Espanya ha obtingut 562 guardons, distribuïts entre 480 platges i 82 ports esportius.

El 18% de les banderes blaves concedides a Europa onejarà a Espanya, i la Comunitat Valenciana és un dels territoris europeus més guardonats. La Comunitat Valenciana ha obtingut 106 banderes blaves, 92 per a platges i 14 per als ports esportius. La distribució per províncies és:
Distribució per províncies de les banderes blaves de la Comunitat Valenciana

Distribució per províncies de les banderes blaves de la Comunitat Valenciana

 PLATGESPORTS ESPORTIUS
CASTELLÓ242
VALÈNCIA212
ALACANT4812
COMUNITAT VALENCIANA9316

Això implica que més del 51% de les platges controlades a la Comunitat Valenciana han obtingut enguany la Bandera Blava. Si es fa una comparació entre les tres comunitats autònomes més guardonades, aquest 51% és molt superior a l'obtingut per Galícia (27%) o per Catalunya (42%).